Justicia para Lucas Cabello: rechazaron el pedido de detención al policía Ricardo Ayala condenado por tentativa de homicidio

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Justicia para Lucas Cabello: rechazaron el pedido de detención al policía Ricardo Ayala condenado por tentativa de homicidio

29 Junio 2022

Por Diego Moneta

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 rechazó la detención del agente de la entonces Policía Metropolitana Ricardo Ayala condenado en 2019 a 16 años de prisión por el delito de tentativa de homicidio agravado por haber sido cometido abusando de la función policial, y por el uso de un arma de fuego, en perjuicio del joven vecino de la Boca Lucas Cabello.

Tras la ratificación del fallo condenatorio por parte de Casación, el Ministerio Público Fiscal y la querella solicitaron su detención. En tanto, la defensa requirió que el uniformado cumpla la pena bajo el régimen de prisión domiciliaria y elevó el planteo a la Corte Suprema. De esta manera, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 rechazó el planteo para que se concrete la detención.

En declaraciones radiales con FM Riachuelo, Matías Busso, abogado de la querella, explicó la situación procesal del agente condenado y señaló que "Ayala no está detenido actualmente porque la Justicia tiene una doble vara". Además, detalló: “La prisión preventiva que debería ser excepción es la regla con los sectores populares. Después de la ratificación de Casación, entendíamos que fue siempre necesario que cumpla la condena de manera efectiva. En primer lugar, como mensaje a toda la sociedad, y por otro lado, porque la mayoría de los casos que llegan a la Corte son rechazados, entonces es muy factible que Ayala, en este panorama, quiera fugarse. Ese fue nuestro planteo y el de la fiscalía”.

“Hasta el momento Ayala se encuentra esperando. La defensa realizó un pedido de prisión domiciliaria”, puntualizó el letrado. “Su defensa contrarió nuestros argumentos y dijo que, en caso de detención, pedía domiciliaria. Nosotros lo rechazamos entonces se abre un escenario de discusión. Piden la domiciliaria porque entienden que su pedido ante la Corte va a demorar un tiempo, entonces si logran la domiciliaria ese tiempo se descontaría de la condena efectiva”.

El fiscal interinamente a cargo de la Fiscalía General nro. 1,  Nicolás Amellotti, habia fundamentado para que se concrete la detención preventiva: “No podemos soslayar que el riesgo de fuga en el presente caso debe ser considerado con mayor seriedad, dado que, de concretarse, se vería comprometido el deber del Estado argentino de investigar y sancionar las violaciones a los derechos humanos cometidas por parte de miembros de las fuerzas de seguridad en ejercicio de sus funciones”.

Además, la fiscalía explicó: “Resaltamos que la madre de Lucas Cabello, Alejandra Carolina Vila Lorens, en la audiencia ante la Casación pidió expresamente que Ayala cumpla su condena, marcando el miedo y la frustración que le generaba a la familia que Ayala estuviese en libertad, sobre todo teniendo en cuenta que el hecho ocurrió hace ya siete años. A su vez, se deben tener en cuenta los compromisos asumidos por el Estado Argentino a nivel internacional, al otorgar jerarquía constitucional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en lo referido al juzgamiento, castigo a los responsables y reparación a las víctimas”.

Cabe recordar que la resolución de Casación detalló que la causa contiene "un cúmulo de pruebas concluyente, y, frente a ello, la defensa en su recurso se ha limitado a enunciar contradicciones insustanciales en el relato efectuado por distintos testigos, y plantear una hipótesis alternativa -la de la agresión previa por el damnificado- huérfana de sostén en elemento probatorio alguno”.

“El análisis puntilloso y sistemático realizado por el juez que lideró el acuerdo, quién evaluó la prueba dentro de los límites fijados por la razonabilidad y la sana crítica socava cada uno de los argumentos ensayados por la recurrente, que no se traducen más que en una discrepancia con un decisorio correctamente fundado en cuanto a la acreditación de la materialidad de los hechos y su atribución al aquí acusado”, detalló la sentencia que fue difundida en el sitio web Fiscales.gob.ar.