No es un paquete de leyes, es un programa social
"Por justicia social debe entenderse la justicia que ordena las relaciones recíprocas de los grupos sociales, los estamentos profesionales y las clases, con las obligaciones individuales, moviendo a cada uno a dar a los otros la participación en el bienestar general a que tienen derecho en la medida en que contribuyeron a su realización."
Arturo Enrique Sampay,Informe Constituyente, 1949
Hay una lectura técnica y fragmentaria de las reformas impulsadas por el gobierno de Javier Milei que las piensa como intervenciones sectoriales: una ley penal juvenil, una reforma educativa, una liberalización del régimen laboral. Sin embargo, consideradas en conjunto, estas iniciativas componen algo más coherente y más profundo: no están reorganizando el entramado normativo, están diseñando un tipo de sociedad.
Las leyes no solo regulan prácticas: producen sujetos, distribuyen oportunidades, delimitan trayectorias vitales. Como mostró Pierre Bourdieu, el Estado no solo administra conductas, produce las categorías con las que una sociedad se piensa a sí misma. Las leyes no organizan únicamente el mundo jurídico, organizan el mundo social. En ese sentido, este conjunto de reformas no escribe un código: escribe sujetos, distribuye expectativas, delimita horizontes de vida. No están reformando normas; están reformando las condiciones de lo pensable y lo posible. No están estructurando el tejido jurídico: están preparando el terreno normativo para gobernar una jungla.
La reforma del régimen penal juvenil se presenta como una respuesta a la inseguridad, pero sus fundamentos empíricos y normativos son frágiles. Organismos como UNICEF Argentina y especialistas en derechos humanos han señalado que endurecer las penas y reducir la edad de imputabilidad no reduce el delito. Por el contrario, el ingreso temprano al sistema penal tiende a consolidar trayectorias delictivas, profesionalizando el vínculo con el crimen organizado en lugar de interrumpirlo. La propuesta entra en tensión con los estándares internacionales que establecen la privación de la libertad como último recurso y por el menor tiempo posible. Se reemplaza la lógica de protección integral por una lógica de gestión del riesgo: ciertos adolescentes son tratados como poblaciones peligrosas antes que como sujetos de derechos.
La crítica más estructural apunta a la ausencia de un enfoque preventivo. En lugar de intervenir sobre las condiciones que producen trayectorias de exclusión —pobreza persistente, expulsión escolar, precariedad laboral, debilitamiento de redes comunitarias— la política opta por sancionar los efectos. El Estado renuncia a disputar las condiciones de posibilidad de la vida social y se limita a administrar sus consecuencias penales. Incluso desde una perspectiva pragmática, la reforma exhibe inconsistencias: las provincias han advertido que el nuevo régimen exige infraestructura y programas de resocialización sin financiamiento garantizado. A esto se suma un dato elocuente: los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje marginal del total. El impacto real en la seguridad pública es limitado; el impacto simbólico es decisivo. Se consolida una gramática política donde la juventud pobre aparece como amenaza estructural.
La reforma laboral completa este movimiento. Liberalizar un mercado laboral estructuralmente desigual no corrige la desigualdad: la intensifica. En un contexto de debilidad sindical, alta informalidad y baja capacidad de negociación, la desregulación tiende a pauperizar las condiciones de empleo, erosionando protecciones y fragmentando derechos. El resultado previsible es una mayor precariedad, especialmente en los segmentos de entrada al mercado laboral. Para los jóvenes, esto implica trayectorias laborales discontinuas, sin protección social ni horizontes de movilidad.
Robert Castel advirtió que el trabajo es el principal vector de integración social en las sociedades modernas. Cuando ese vector se debilita, emergen zonas de desafiliación y precariedad estructural. Cuando el trabajo deja de ser un vector de integración, la marginalidad deja de ser un desvío y se convierte en estructura. La liberalización del mercado laboral en un contexto de desigualdad no corrige esa deriva: la institucionaliza.
En este esquema, el rol histórico del Estado como mediador entre capital y trabajo se difumina. La negociación colectiva se debilita, las garantías se relativizan y la asimetría de poder se naturaliza como dato del mundo. Los trabajadores pierden derechos, el capital —en particular en su faceta extractivista, financiera y desanclada del territorio— gana privilegios. El conflicto social deja de tramitarse políticamente y se traduce en un problema de orden público. Allí, nuevamente, aparece el sistema penal como dispositivo de gobierno de la desigualdad.
Loïc Wacquant describió con precisión este movimiento: la retirada del Estado social suele ir acompañada por la expansión del Estado penal. Aquí se repite esa lógica: se desregula el trabajo, se fragmenta la educación y se endurece el castigo. La integración se privatiza; la coerción se estataliza. Menos escuela común, menos derechos laborales, más cárcel juvenil: no son políticas inconexas, son capítulos de la misma gramática de gobierno.
La reforma educativa se inscribe en esta misma matriz. Bajo la retórica de la libertad y la autonomía, desplaza el núcleo conceptual de la educación como bien público y derecho social hacia una lógica de subsidiariedad, competencia y segmentación. Al reubicar a la familia como agente primario y al Estado como garante mínimo, se reintroduce una concepción donde la libertad educativa se distribuye según recursos disponibles y no como derecho universal. La autonomía institucional, sin fortalecimiento de la profesión docente ni capacidades estatales robustas, se transforma en transferencia de responsabilidades sin transferencia de condiciones.
La fragmentación curricular y la diversificación de trayectorias sin un corpus común amenazan con convertir al sistema en un archipiélago de experiencias inconmensurables, donde la cultura común se diluye y la ciudadanía pierde su base compartida. La desjerarquización de modalidades como la Educación Especial y su disolución en categorías genéricas de “necesidades específicas” constituye un retroceso significativo en términos de derechos: la especificidad institucional es condición de garantía; su dilución implica que la inclusión quede subordinada a la disponibilidad de recursos y no al principio de justicia. El financiamiento orientado a expandir la oferta privada y los mecanismos de competencia entre instituciones profundizan la segmentación en un sistema ya atravesado por desigualdades estructurales. La promoción de alternativas paralelas —educación en el hogar, escolarización virtual o en instituciones extranjeras— transforma lo excepcional en norma y rompe la experiencia escolar compartida como espacio de socialización democrática.
Tomadas en conjunto, estas reformas no constituyen un paquete técnico de leyes sectoriales. Son un programa social de reestratificación. No están estructurando el tejido jurídico: están configurando la sociedad para la que trabajan. Una sociedad más fragmentada, con menos oportunidades de integración, donde la educación deja de ser un dispositivo de igualdad, el trabajo deja de ser un vector de ciudadanía y el sistema penal se convierte en el principal instrumento de gestión de la marginalidad.
En un escenario de desindustrialización y reprimarización económica, estas leyes no compensan los efectos del industricidio, los administran. Preparan el terreno normativo para gobernar una jungla: menos mediaciones, menos instituciones integradoras, más competencia desnuda, más coerción estatal sobre los excluidos. La fragmentación social no aparece como efecto colateral sino como resultado funcional a un modelo que reduce el Estado como integrador y lo conserva como aparato punitivo.
La pregunta no es si estas reformas son técnicamente consistentes, sino qué tipo de sociedad producen: una en la que el riesgo social se privatiza, la precariedad se naturaliza y el castigo se estataliza. Una sociedad donde el conflicto distributivo se resuelve por mercado y, cuando el mercado expulsa, por policía y tribunales.
Hay, además, una lección incómoda para el campo popular. Las reformas que no se discuten, que no se elaboran, que no se implementan en clave democrática e igualitaria, no quedan en suspenso: las realiza el mercado o las realiza otro proyecto político, en clave regresiva. El vacío de reforma es ocupado por reformas regresivas. No intervenir sobre las instituciones que ordenan el trabajo, la educación y la juventud no preserva derechos; los expone a ser redefinidos desde lógicas de mercado y control.
No es un proyecto de ley. Es un proyecto de sociedad. Y toda sociedad que renuncia a pensar sus mediaciones termina aceptando la ley de la selva como norma no escrita.