Chaco: elevan a juicio oral causa contra cómplices judiciales de la dictadura

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Chaco: elevan a juicio oral causa contra cómplices judiciales de la dictadura

11 Agosto 2016

Por Brian Pellegrini
Desde Resistencia

La jueza federal, Zunilda Niremperger, a cargo del Juzgado Federal N° 1 de Resistencia, resolvió clausurar parcialmente la investigación y elevar a juicio oral y público a los ex funcionarios de la justicia federal chaqueña Luis Ángel Córdoba y Roberto Domingo Mazzoni. Se los acusa por una serie de delitos relacionados con el encubrimiento a la represión ilegal desplegada en la provincia del Chaco durante la última dictadura cívico – militar, puntualmente la que tuvo como eje a la ex Brigada de Investigaciones de Resistencia, donde hoy funciona la Casa por la Memoria, frente a la plaza central de la capital provincial. También se elevó a juicio la cuasa contra al ex jefe de guardia de la prisión federal de Resistencia, César Pablo Casco, a quién se acusa de ser autor de tormentos agravados psíquicos y físicos contra detenidos políticos.

La resolución está fechada el pasado lunes 8 de agosto y lleva la firma de la doctora Zunilda Niremperger, titular del Juzgado Federal Nº 2 y subrogante en el Nº 1, tras el retiro del ex titular Carlos Rubén Skidelsky, quién había dictado el primer auto de elevación a juicio del caso hace casi dos años: el 13 de agosto de 2014. Luego, la causa debió atravesar por diversas instancias ante las presentaciones realizadas por los abogados defensores de los imputados. Ahora, será el Tribunal Oral Federal el que deberá fijar una fecha para el inicio de las audiencias del juicio oral y público.

En su resolución, la jueza Niremperger consideró cumplida la etapa de instrucción disponiendo la “clausura parcial” de la misma y, al estimar “suficiente el cuadro probatorio y cerrada la etapa de recolección de pruebas”, señaló que “se torna indispensable ordenar el pase a la siguiente instancia de juicio oral, resultando atentatorio al derecho a defensa en juicio y a la garantía del debido proceso que se plasmara en actividades de los distintos letrados, mantener la causa en ésta instrucción, cuando los hechos por los cuáles se eleve la misma a juicio han concluido (…)”.

“La necesidad de un pronunciamiento judicial rápido, como derivación de la garantía de defensa en juicio, se comprende tanto en la aseguración de las garantías de quiénes están sometidos a proceso, como asimismo para dar respuesta a las víctimas de los hechos denunciados”, agregó la
magistrada federal.

Casación debe resolver si hubo “asociación ilícita”

Más allá de la fecha de comienzo del juicio oral, la Cámara Federal de Casación Penal aún debe resolver si revoca o confirma el sobreseimiento de los imputados dispuesto por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia con relación al delito de “asociación ilícita”, que fuera apelado por los integrantes de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia. En primera instancia, los tres imputados habían sido procesados por el juez Skidelsky por “asociación ilícita”.

Para fundamentar que existió una “asociación ilícita” los fiscales citaron doctrina y jurisprudencia en la materia, y señalaron que, si bien el tipo penal requiere “un acuerdo previo”, el mismo puede darse de manera no expresa, es decir, un acuerdo tácito. Al respecto, señalaron que los magistrados adhirieron a ese plan no haciendo investigaciones ni atribuyendo ningún delito a los miembros de las fuerzas armadas y de seguridad que intervenían en la represión ilegal. En ese sentido, remarcaron que “el acuerdo dado por Córdoba y Mazzoni, fue el punto de partida y la garantía para que el plan clandestino se desarrollara, por lo menos, en la forma tan brutal e impune en que se llevó a cabo en la región”.

“Zona liberada jurisdiccional”

“El método implementado por Luis Ángel Córdoba y Roberto Domingo Mazzoni, en la llamada 'lucha antisubversiva', era 'no hacer', no iniciar investigaciones, no atribuir ningún delito a ningún funcionario militar o policial, no citar a declarar a nadie que pudiera dar datos para individualizar a los responsables”, puntualizaba la imputación realizada por la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia que integran los doctores Patricio Sabadini, Diego Vigay y Carlos Amad que sostuvo en su momento el juez Skidelsky. En ese sentido, indicaban que “los represores conocían que podían actuar sin preocupaciones, ya que desde la magistratura de la justicia federal de Resistencia le aseguraban una ‘zona liberada' jurisdiccional’”.

Sobre la participación del penitenciario Casco en el plan criminal, sostenían que “los pabellones fueron acondicionados específicamente para detenidos por razones políticas, separados del resto de los detenidos denominados 'comunes', donde estos sufrieron todo tipo de vejámenes y severidades por parte del Personal Penitenciario, en especial la denominada 'guardia dura o la guardia de Casco', la que se movía bajo las órdenes del oficial Pablo César Casco”.

Las imputaciones

Al exfiscal federal de Resistencia, Roberto Domingo Mazzoni, como al ex juez federal, Luis Angel Córdoba, se les atribuye haber cometido los delitos de “incumplimiento de los deberes de funcionario público en la forma de abuso de autoridad”, “incumplimiento de la obligación de promover la represión” y por “encubrimiento” de los que fueran víctimas cinco detenidos en el caso del exfiscal y nueve en el caso del exmagistrado, entre ellas, tres eran mujeres.

En tanto, al exjefe de Guardia de la Unidad 7, César Pablo Casco, se le imputa el delito de “tormentos agravados psíquicos y físicos” contra dos detenidos  políticos mientras permanecieron en cautiverio en la cárcel federal de Resistencia.

En la causa participan como querellantes la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia del Chaco, además de las querellas particulares del CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) y de Familiares de Víctimas del Terrorismo de Estado.