Caso Joaquín Paredes: la profundización de la violencia institucional en Córdoba

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    Joaquín Paredes

Caso Joaquín Paredes: la profundización de la violencia institucional en Córdoba

24 Octubre 2025

Joaquín Paredes, de 15 años, asistía al Instituto Provincial de Educación Agrotécnica (I.P.E.A.) N° 306 “Doctor Amadeo Sabattini”. La madrugada del 25 de octubre de 2020, tras haberse reunido con amigos en una casa de Paso Viejo, Cruz del Eje, fue asesinado de un tiro por la espalda por la Policía de Córdoba. Además, otros dos jóvenes fueron heridos y varios de los testigos aseguraron que cinco uniformados esperaron que salieran del lugar para actuar de manera totalmente desproporcionada. Cinco años después, el único juicio hasta el momento dejó una condena y cinco absoluciones.

La fuerza de seguridad provincial desde el principio buscó instaurar la versión, respaldada por el comisario mayor Leonardo Páez Stelmach, de una agresión previa. Sin embargo, en la escena se hallaron más de cien vainas y sólo se secuestraron armas reglamentarias. Los cinco agentes y un sargento implicados fueron Maykel Mercedes López -acusado por homicidio doblemente agravado y el único que llegó detenido al juicio-, Enzo Ricardo Álvaro, Ronald Nicolás Fernández Aliendro, Jorge Luis Gómez, Iván Alexis Luna y Alberto Daniel Sosa Gallardo. Durante el proceso hubo cambios de carátulas y fiscales, detenciones y excarcelaciones, y amenazas a testigos y sobrevivientes, incluyendo allanamientos ilegales.

En agosto de 2023, luego de varios idas y vueltas e irregularidades, el tribunal, conformado por los jueces Ángel Francisco Andreu, Javier Rojo y Ricardo Arístides Py, condenó a perpetua a Maykel Mercedes López por considerarlo autor material, pero absolvió al resto por considerar que no se había probado que hayan colaborado, por acuerdo o conducta, en el asesinato del joven ni tampoco en su intento de encubrimiento. El caso, que había sido llevado adelante por un jurado popular, no fue caratulado como violencia institucional. Era el cuarto juicio oral por violencia de las fuerzas de seguridad en lo que iba del año en Córdoba -Isaías Luna, Valentino Blas Correas, ambos durante la pandemia, y Damián Pérez, en 2014-.

El fallo se evidencia inconsistente al intentar desligar la responsabilidad del resto de los uniformados, y de la propia fuerza, de la actuación de López. Los fundamentos fuerzan una interpretación, sin tener en cuenta pruebas existentes ni la trama de violencia institucional que habilitó el hecho, para respaldar a la defensa de los imputados. No hay otra explicación para ponderar la cuarentena por sobre disparos efectuados. Para colmo, destacan una conducta “preventiva y disuasoria” y haber protegido la escena -lo que debería suceder en todo momento-, incompatible con la cantidad de vainas reglamentarias encontradas.

La decisión se enmarca en el amedrentamiento policial y maltrato judicial que denunciaron familiares y testigos. Los jueces los señalan por supuestamente tomar represalias en lugar de pedir ayuda, es decir, los revictimizan. Los abogados de la querella, Claudio Orosz y Ramiro Fresneda, apelaron la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia, pero aún no hubo novedades. Por cierto, ambos letrados fueron despedidos por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación en la provincia, dejando sin querellantes las causas de lesa humanidad. La familia del joven, encabezada por su madre, Soledad Paredes, sigue denunciando la responsabilidad del gobierno y el poder judicial provincial. Cada reforma profundizó el modelo de seguridad cordobés en lugar de cuestionar la violencia institucional.