La Plata: confirman que Vidal deberá pagar por los días de paro de 2016

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La Plata: confirman que Vidal deberá pagar por los días de paro de 2016

07 Marzo 2017

Por María Julia Otero

A través de un concluyente fallo, el juez Luis Arias, a cargo del Juzgado en lo Contencioso y Administrativo N° 1, hizo lugar a la medida cautelar solicitada por S.U.T.E.B.A. Y F.E.B. ordenando que el gobierno de María Eugenia Vidal “se abstenga de ejercer cualquier hecho o acto que implique la supresión del derecho a huelga de los trabajadores afiliados a las entidades actoras”.

El Sindicato Único de Trabajadores de la Educación de Buenos Aires (SUTEBA) junto a la Federación de Educadores Bonerenses “Domingo Faustino Sarmiento” (FEB), promovieron un requerimiento judicial ante el dictado de una conciliación obligatoria por parte del Ejecutivo provincial en el marco de la demanda salarial que llevan adelante.

En el escrito presentado, expresaron que la disposición viola la Ley Provincial de Paritarias Docentes que determina , por sí misma, un mecanismo para la solución de conflictos y deja en claro la falta de potestad del mismo para imponer este tipo de medidas. También denunciaron una clara maniobra de persecución, a raíz de la entrega de planillas a remitirse con los datos completos de los docentes que no concurrieran a clase, teniendo en cuenta la vigencia de un régimen de control de asistencia.

El magistrado interviniente en la causa, que lleva el N° 39441, consideró que “el derecho a huelga, constitucionalmente reconocido, constituye una de las herramientas centrales de protección de los intereses económicos y profesionales del trabajador”. Asimismo, insistió con la necesidad de crear un órgano independiente de las partes en conflicto, que proteja a los trabajadores y los ubique en igualdad de condiciones a la hora de efectuar negociaciones salariales. Tal como le advirtiera al Estado Argentino la Organización Internacional del Trabajo.

Finalmente, de la resolución surge que el cumplimiento de una conciliación obligatoria vulneraría el derecho a huelga, avalado constitucionalmente, y que la medida iniciada por los trabajadores de la educación no afecta el interés público.