Denuncian al juez Rappa por obstruir causas de violaciones a los DDHH

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Denuncian al juez Rappa por obstruir causas de violaciones a los DDHH

10 Julio 2016

Por Santiago Asorey

Distintos abogados y referentes de organizaciones de DDHH cuestionaron al juez en lo criminal Osvaldo Rappa por obstruir causas de violaciones a los derechos humanos. En dos ocasiones al menos el magistrado bloqueó a organizaciones de derechos humanos para que participaran de las mismas. Los organismos señalan que se presentaron para querellar en causas que recayeron sobre el juzgado de instrucción N° 35 y que fueron rechazados de forma irregular.

Rappa tuvo a cargo desde el inicio la causa que investiga el violento ataque sufrido por el joven vecino del barrio de la Boca, Lucas Cabello. El joven fue atacado a tiros por el efectivo de la policía metropolitana Ricardo Ayala en diciembre del 2015. El salvajismo del ataque a cargó de un efectivo de la fuerza de seguridad llevó a que la Cámara Nacional de Apelaciones revirtiera la excarcelación otorgada por Rappa en la etapa de instrucción. Cabello resultó gravemente herido por los tres disparos sufridos y todavía se encuentra recuperándose en una clínica por lesiones permanentes. A raíz de este panorama, los camaristas encuadraron al hecho como una “gravísima violación a los derechos humanos” al ser un delito cometido por un agente de las fuerzas de seguridad. En la misma resolución los camaristas ordenaron la detención de Ayala, luego de que Rappa lo liberara y calificara el hecho como un mero exceso en la legítima defensa.

La Liga Argentina de los Derechos del Hombre realizó una presentación judicial solicitando ser querellante en la causa, recaratulada por los magistrados como “tentativa de homicidio agravado por la condición del imputado de ser miembro de una fuerza de seguridad”. Según explicaron los letrados de la liga, Ataliva Dinani y Matías Busso, la presentación se realizó basándose en el Articulo 82 bis del Código Procesal Penal de la Nación que establece que en graves violaciones a los derechos humanos o delitos de lesa humanidad se habilita la intervención de los organismos de DDHH. Históricamente distintos organismos como Abuelas de Plaza de Mayo o el CELS (Centros de Estudios Legales y Sociales) participaron como querellantes a partir de la ley aprobada durante la gestión kirchnerista que establece esta posibilidad.

La denegación por parte de Rappa argumentó que el caso no se trataba de una grave violación a los derechos humanos, a pesar de que los camaristas Mario Filozof y Marcelo Lucini, ya habían fallado diciendo que sí lo era. El organismo de DDHH presentó una apelación en el Tribunal Superior que dio lugar al recurso judicial y reprendió a Rappa por no notificar debidamente a la Liga de los Derechos del Hombre como querella. Actualmente el caso, previo al juicio oral y público, se encuentra a resolver ante la Cámara de Casación debido a las numerosos bloqueos impuestos por Rappa, quien incluso se enfrentó con el Tribunal Oral Criminal N° 1 debido a la obstinación del magistrado por perjudicar a los querellantes, a los organismos de Derechos Humanos y al propio Lucas Cabello.

Sin embargo, este no es el único expediente judicial donde Rappa obstruyó causas de violaciones a los derechos humanos y dificultó las acciones judiciales de organismos especializados. El Director de Programa de Violencia Institucional de la Defensoría General de la Ciudad, Cristian Grunberg, realizó una apelación en la Cámara de Apelaciones en lo Penal y Criminal de la resolución de Rappa que denegó a la ARSA (Asociación de Residentes Senegaleses de la Argentina) como querellantes en la causa que investiga el asesinato del representante de la comunidad senegalesa en la Argentina, Massar Baar. El referente de la comunidad senegalesa fue hallado muerto a principios de marzo con diversos traumatismos resultados de una brutal golpiza. Una de las hipótesis de la investigación señaló a la policía como uno de los posibles responsables del crimen.

Grunberg destacó que el fallo de Rappa se basó en “una interpretación híper restrictiva del Código Procesal Penal, por la cual sólo puede ser querella la familia directa". Al mismo tiempo resaltó que “ARSA cuenta con más de 3500 miembros y es la organización senegalesa más antigua de la Argentina.”

“Las organizaciones de DDHH pueden ser querellantes, sobre todo en estas causas, para evitar el sesgo racial del poder judicial y que no se haga una investigación que deje afuera la hipótesis de violencia institucional. Al igual que en la causa de Lucas Cabello nos rechazaron el pedido de la querella en primera instancia y quisieron dejar afuera el control y la participación de la victimas a través de las organismos de DDHH”, agregó el representante de la Defensoría General de la Ciudad.