ARA San Juan: la familia de un submarinista muerto le ganó juicio a la ART de la Armada y cobrará 7 millones de pesos

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    Tragedia del ARA San Juan

ARA San Juan: la familia de un submarinista muerto le ganó juicio a la ART de la Armada y cobrará 7 millones de pesos

14 Abril 2021

Por Paula Viafora

El abogado de la familia del submarinista jujeño Aníbal Tolaba contó que lograron ganar el juicio que se interpuso a la ART que había contratado la Armada Argentina y deberán indemnizarlos con 7 millones de pesos. Se trata del primer fallo a favor de un tripulante fallecido en el ARA San Juan.  

El letrado reveló: “La noticia tiene que ver con que recientemente la Sala 1 del Tribunal de Trabajo hizo lugar a un reclamo que interpusimos en representación de la madre de uno de los tripulantes del ARA San Juan, que se había interpuesto contra la ART que había contratado la Armada Argentina”.

“Este fallo es muy importante porque es el primer reconocimiento judicial que se realiza a los familiares de víctimas del ARA San Juan y se suma a la ley que concede una reparación económica  a las familias. Hay muchos casos ligándose y es el primero con sentencia”, agregó.  En el término de un mes, las cosas parecen estar mejorando favorablemente para los familiares de las víctimas del submarino desaparecido y hundido el 17 de noviembre de 2017 en el Mar Argentino, hecho que se cobró la vida de los 44 tripulantes. 

Publicada en el Boletín Oficial el 12 de marzo pasado, la ley  27615 expresa en sus 2 primeros artículos: "- Reconócese a los y las familiares del personal militar tripulante del submarino ARA San Juan el derecho a percibir por única vez un (1) beneficio extraordinario de carácter económico por grupo familiar, de conformidad con lo acordado en el artículo 3°, conforme se detalla en el listado que como Anexo forma parte integrante de la presente. El beneficio extraordinario establecido en el artículo anterior tendrá el carácter de indemnización extraordinaria a favor de los y las familiares del personal militar detallado en el citado Anexo, por el siniestro producido en el submarino ARA “San Juan” en ocasión del desarrollo de tareas de vigilancia y control del mar en el límite de la zona económica exclusiva de la República Argentina, del que resultara la desaparición o muerte de la totalidad de la tripulación”. Como las otras leyes reparatorias vigentes en el país, está exenta de gravámenes o tasas en trámites judiciales o administrativos. No necesita tramitarse bajo patrocinio ya que basta con acreditar el vínculo entre los que la ley les confiere el derecho.

Unos días después se conoció la resolución del Consejo General de Guerra, cuerpo formado por el jefe de Estado MayorConjunto (EMC) de las Fuerzas Armadas, el general Juan Martín Paleo, y por el brigadier Pedro Girardi, segundo Comandante Operacional de las Fuerzas Armadas. Este organismo sólo se activa cuando lo investigado acontece bajo su órbita o cuando, como sucede en este caso, entre los acusados se encuentra personal de alta gradación. Hay que remontarse casi cuarenta años atrás para encontrar uno de semejante envergadura, y es el que juzgó los actos de los comandantes de las fuerzas durante la guerra de Malvinas. Además de las décadas transcurridas, también cambió el marco normativo, ya que por aquel entonces regía un código de justicia militar que podía imponer penas reclusión a los miembros de la fuerza.La Ley 26.394 que actualmente regula este Consejo prevé penas para faltas leves, graves y gravísimas, que van desde el apercibimiento hasta la destitución.

La resolución “no vinculante” para la justicia determinó la responsabilidad del comandante de adiestramiento y alistamiento naval Luis Enrique López Mazzeo, sancionandolo con 15 días de “arresto riguroso” por “no haber dado cumplimiento a la orden impartida por el Jefe de Estado Mayor General de la Armada (Srur) de no ausentarse de la sede de su Comando juntamente con su Oficial de Operaciones, pese a estar en conocimiento de la avería inicial del submarino ARA San Juan, con el agravante de hacerlo para supervisar actividades de carácter subsidiario en el noreste del país”. Solamente fue sancionado con la “destitución”  por “encontrarlo incurso en la falta disciplinaria gravísima”, al capitán de navío Claudio Villamide, que era quien estaba a cargo del comando de la fuerza de Submarinos. Esta resolución fue agregada  a la causa judicial a cargo de la titular del Juzgado Federal de Caleta Olivia, Marta Yañez. Si bien los familiares calificaron como insuficientes las medidas tomadas por el Consejo, esperan que la magistrada las tenga en cuenta a la hora de tomar decisiones sobre los imputados.

Recordemos por último que la nave con 44 tripulantes a bordo, que se hundió a una profundidad de 907 metros, a unos 550 kilómetros al este de Comodoro Rivadavia, el 15 de noviembre de 2017, constituye una de las mayores tragedias navales en tiempos de paz. El buque Seabed Constructor, de la empresa Ocean Infinity, descubrió la posición exacta del submarino un año y un dia después de su desaparición, sin embargo los familiares sostienen que el Gobierno de Macri supo la ubicación del submarino 20 días después de la implosión y lo mantuvo en secreto, dando cuenta de la decisión política de dilatar en el tiempo el hallazgo. Con muchas esperanzas puestas en los avances que, esperan, continúen a lo largo del 2021, hacen esfuerzo por seguir manteniendo el tema en los medios de comunicación ya que, a pesar de lo grave e insólito del caso, parece haberse colado tibiamente en la memoria colectiva de los argentinos.