En el caso de Belén hubo violencia institucional y de género

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En el caso de Belén hubo violencia institucional y de género

29 Marzo 2017

En 2014 Belén fue condenada a 8 años de prisión por la Sala III de la Cámara Penal. El pasado 27 de marzo fue absuelta por la Corte Suprema de Tucumán que dejó sin efecto la pena. “Este fallo les va servir a muchas otras mujeres para darse cuenta de que tenemos derechos”, expresó Belén en una entrevista con Página 12.

En un fallo de 87 hojas, el tribunal superior hace hincapié en que “la sentencia de Cámara incurrió en una valoración arbitraria de las pruebas, produciendo un estado de duda sobre los elementos que sostienen la condena”. Además agrega que la defensora oficial que tuvo Belén antes de Soledad Deza, “también condenó 'moralmente' a su defendida antes de escucharla y la defendió como culpable”. También el fallo subraya la violación del secreto profesional por parte de los médicos.

“Para saber si los estereotipos de género estuvieron presentes en este proceso, sólo hace falta preguntarse: ¿se hubiese llegado a una condena de homicidio agravado por el vínculo de un hombre en una causa donde el cuerpo del delito se perdió y no hay datos que permitan conocer la efectiva relación entre víctima y victimario? ¿Con una autopsia con incongruencias tales como el sexo de la víctima o su edad gestacional y con una causa de la muerte no determinada de forma clara y precisa? ¿Se hubiese avalado que la defensa no realizara planteo alguno frente a estas situaciones y ni propusiera prueba de descargo? ¿Se hubiera permitido que la defensa ocurriera en sentido contrario a la posición de inocencia sostenida en las declaraciones y palabras del acusado en todo momento?”. Así argumenta el fallo la relación existente entre la condena de la Cámara y la cuestión de género.

Un fallo conseguido por la lucha y la sororidad, sostiene que los obstáculos de las mujeres en el acceso a la justicia “se producen en un contexto estructural de discriminación y desigualdad, debido a factores como los estereotipos de género, las leyes discriminatorias, los procedimientos interseccionales o compuestos de discriminación y las prácticas y los requisitos en materia probatoria, y al hecho de que no ha asegurado sistemáticamente que los mecanismos judiciales sean física, económica, social y culturalmente accesibles a todas las mujeres”.

La joven tucumana de 29 años ya no vive en su provincia y no volvió a ir un hospital. Sin embargo anima a las demás: “no tienen que tener miedo de ir a una guardia porque no todos los médicos son como los que me denunciaron a mí”.

La causa de Belén se hizo causa común del movimiento de mujeres, se hizo lucha en la calle y por eso se consiguió su libertad. “Los abogados que tuve me señalaron con el dedo. Hasta que apareció Soledad (Deza), que me enseñó que tengo derechos, que tenía que hablar, que no estaba sola”, contó Belén.

A pesar de que el fallo de la Corte es el primer paso de Justicia, Belén se pregunta: “¿Ahora quién me va a devolver los tres años que pasé encerrada?”.  El tribunal superior sostuvo que no hubo ningún homicidio. Dante Ibáñez, Rafael Macorito y Fabián Fradejas son los jueces que integraban la Sala III de la Cámara Penal que la condenó en 2014. ¿Seguirán firmando fallos que privan de su libertad a personas sin motivo?

Mientras siga existiendo una justicia machista y patriarcal, la justicia sigue siendo injusta. Fallos como el de la Corte de Tucumán son un paso más conseguido con la lucha en las calles, en los trabajos, en los barrios.