Un recurso de amparo de un prófugo puso en la mira a la Justicia Federal de Mendoza

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    Escándalo en la justicia federal de Mendoza

Un recurso de amparo de un prófugo puso en la mira a la Justicia Federal de Mendoza

22 Abril 2021

Por Enrique de la Calle

Diego Ramón Aguilera fue señalado por la policía de Mendoza como líder de una banda narco y fue imputado por la Justicia Federal de Mendoza como cabecilla de la misma. Hace unos días, y como prófugo de la justicia mendocina, Aguilera presentó un recurso de amparo que derivó en una denuncia hacia varios magistrados de esa provincia que promete ser un escándalo.  

Tras la presentación del recurso elevado por Aguilera para llegar a la Comisión de Garantías y Derechos Humanos de la Nación, donde ya se abrió un expediente hace escasos días, y ante la Procuraduría de Violencia Institucional, este último organismo dio el puntapié investigativo ciñendo su actuación a las pautas establecidas por la resolución PGN 455/13 cuyo fin es el de adecuar al Ministerio Público Fiscal para el impulso de las acciones penales y la orientación de las investigaciones y juzgamiento de políticas ilícitas, perpetradas por agentes estatales que resulten lesivas para la libertad y la vida de las personas en estado de vulnerabilidad.

Al abordar desde la raíz el planteo expositivo del prófugo, se logró dar con un conjunto de acciones irregulares llevadas a cabo por la Justicia Federal de Mendoza como, por ejemplo: un pasamano del expediente sin explicación fundada por los magistrados intervinientes. Según los “Autos FMZ 14.397/19” caratulados “FIGUEROA CASTILLO, Luciano Ayrton s/ Infracción Ley 27.737” en los que la Dirección de Investigaciones y la División Especial Conjunta de Búsqueda de Prófugos de la Policía de Mendoza llevaban tareas investigativas, con motivo de ahondar en la información obtenida por parte de una persona de identidad reservada sobre “presunta comercialización de estupefacientes en el barrio La Gloria de Godoy Cruz”, luego ahondar por el Tribunal Federal N° 2 de Mendoza y elevada luego a juicio ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de esa provincia, se desprendió sorpresivamente.

El expediente cambió de manos sin ningún tipo de notificación por parte del Juez Walter Bento, quien actuaba por esos días como Juez Subrogante del Juzgado N°2, según lo específica la Acordada N° 10.025 de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, Secretaria de Superintendencia, de fecha 12 de mayo de 2020.

El cuestionado expediente, ya formalizado “FMZ N° 9225/2020”, quedó en manos del Juzgado Federal N°3 a cargo del Dr. Marcelo Fabián Garnica y fue éste quién, junto al Fiscal General Fernando Alcaraz, ordenaron cómo medida inmediata una serie de allanamientos masivos entre los días 5 y 9 de junio del 2020. Los mismos se efectuaron en el barrio La Gloria de Godoy Cruz, diferentes barriadas de la Capital mendocina y en los departamentos Luján de Cuyo, Las Heras y Maipú. El resultado arrojó un secuestro importante de materia estupefaciente, armas, vehículos de alta gama y dieciocho personas detenidas. La lupa ahora no está precisamente sobre la culpabilidad de las personas ligadas al comercio de drogas cuyo secuestro dan certeza de ello, sino a la cantidad de detenidos sin prueba suficiente y solo bajo un criterio de “presunción de delito” emitido por el juez interviniente tanto en la imputación general con medida privativa de libertad. El pedido de prisión preventiva para la totalidad de los detenidos y detenidas se realizó a tan solo tres meses de proceso y bajo total ausencia de la necesitada acusación del Ministerio Público Fiscal, que bien pudiese sugerir, discrepar, disentir o avalar su dictamen antes de emitirlo.

Esta última cuestión sobre la falta de acusación fiscal no solo quedó pronunciada ante la Procuraduría, sino que también se manifestó públicamente por una fuente judicial al Diario Los Andes de Mendoza con fecha 27 de marzo de este año, en una nota alusiva a las presentaciones de Aguilera ante los organismos nacionales. Nada sobra bajo la alfombra de los errores procesales y todo faltante jugaría en favor del imputado, tal como lo dice la ley.

Otra anomalía citada por Aguilera y traída a cuestión por la lupa investigativa es la funcionalidad de la Cámara Federal de Apelaciones con asiento en la ciudad de Mendoza y que entiende en las Apelaciones de los juzgados Federales de San Juan, San Luis y Mendoza.  La misma se divide en dos salas (A y B), una a cargo del presidente de la Cámara, Dr. Juan Ignacio Pérez Cursi y la otra a cargo del vicepresidente de la Cámara, Dr. Gustavo Castiñeira de Dios. Lo sorpresivo de está Cámara es que sus dos vocales (Dr. Manuel Alberto Pizarro y Alfredo Rafael Porras) son los únicos encargados de votar en ambas salas.

Por este motivo es que Diego Aguilera asegura estar enfrentado a un “blindaje judicial” donde no puede ni podrá ejercer su derecho a defensa. El telón para este escenario de dudas se levantó con anterioridad al Recurso de Amparo, ello quedó en evidencia tras una apelación a resolver por la Sala “A” de esta Cámara donde estaba en juego la Prisión Domiciliaria de una de las imputadas y el Dr. Pérez Cursi solicitó la Falta de Mérito e inmediata libertad para la misma. Allí, los votos negativos fueron de el Dr. Pizarro y del Dr. Porras. En paralelo a esto, también se emitían fallos negativos en la Sala “B” presidida por el Dr. Gustavo Castiñeira de Dios y los votantes también eran Porras y Pizarro. Esto, de seguro será tema de debate y tratamiento en los altos estrados de la Justicia Nacional.

Entre el extenso contenido de motivos con que Aguilera funda su voluntad de entregarse a la Justicia y exige su derecho a defensa, también denuncia “silencios impuestos” desde el poder y un “circulo judicial cerrado y fortalecido en la camaradería tenaz existente entre las investiduras que lo conforman”, esto se debe al resaltar que, “por algún motivo o razón, ninguno de los quince abogados interviniente en la defensa de los imputados detenidos por esta causa saltó el cerco judicial de Mendoza para así poder llegar con sus discrepancias y argumentos hasta la Cámara Nacional de Casación Penal o a la mismísima Suprema Corte de Justicia.”

En este marco de dudas y embates judiciales denunciados aún restan aristas por observar. Por su parte, la Cámara de Garantías y Derechos Humanos de la Nación no ha dado pistas sobre el camino a tomar ante el recurso presentado por Aguilera.