Caso Santiago Maldonado: un nuevo informe reafirmó la desaparición forzada y resaltó la existencia de un ADN masculino desconocido

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Caso Santiago Maldonado: un nuevo informe reafirmó la desaparición forzada y resaltó la existencia de un ADN masculino desconocido

24 Noviembre 2020

Por Diego Moneta | Foto: Daniela Morán

En agosto se cumplieron tres años de la desaparición forzada de Santiago Maldonado en la localidad de Cushamen, Chubut, luego de un accionar represivo ilegal por parte de Gendarmería Nacional. Casi 80 días después de aquel 1 de agosto de 2017 encontrarían su cuerpo sin vida, río arriba desde el epicentro de la represión, en un lugar que ya había sido rastrillado.

El mismo mes la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le solicitó al Estado argentino que explique que había pasado con Santiago. En noviembre, a través de la Secretaría de Derechos Humanos a cargo de Horacio Pietragalla, se ofreció a la familia “construir un espacio de diálogo, con una agenda concreta de trabajo tendiente a explorar una solución amistosa”. Es un planteo para que no haya litigación y que entre ambas partes se resuelva cuál es la manera más eficiente de avanzar en el caso.

Frente a la impunidad en la que se encuentran los hechos, la familia Maldonado convocó en agosto a un Grupo Interdisciplinario de Expertas y Expertos Independientes (GIEEI) de Chile, Colombia y México. Según explican en el comunicado, la convocatoria fue “para que se realizara un informe sobre la causa de Santiago con el fin de despejar todas las dudas”. Piden que sea tomado en cuenta por el Estado para el inicio de una verdadera investigación.

El informe cuenta con casi una centena de páginas, puede descargarse aquí, y también es complementado por un anexo. AGENCIA PACO URONDO dialogó con Verónica Heredia, abogada de la familia, sobre las implicancias del mismo y sobre el estado de la investigación, tanto en nuestro país como en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

APU: ¿Qué implica el informe presentado por el GIEEI?

Verónica Heredia: Significa que la familia no dejará en la impunidad su desaparición y muerte; que una vez más son las víctimas y los familiares quienes continúan en la búsqueda de verdad y justicia frente a los intentos del Estado, ya sea a través de leyes o resoluciones judiciales, de dejar en la impunidad la desaparición forzada; que Argentina carece de legislación adecuada para prevenir, reconocer, registrar, investigar, sancionar y reparar las desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales posteriores a 1983.

El GIEEI se sorprendió al encontrar los casos de desapariciones forzadas en democracia y estas omisiones en Argentina, ya que la reconocen como pionera y referente en latinoamérica y en el mundo en la lucha contra estas. “Ustedes nos enseñaron” me dijeron. Por eso una de las recomendaciones del GIEEI al Estado es el dictado de tales normas.

APU: ¿En qué instancia se encuentra la “solución amistosa” planteada desde el Estado argentino?

VH: La CIDH se puso a disposición de la familia de Santiago y del Estado a fin de iniciar la etapa de solución amistosa, conforme lo prevé la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El Estado sostuvo que no discutirá con la familia y que acepta iniciar dicha etapa. La familia le presentó una propuesta junto con el informe del GIEEI y le solicitó a la CIDH que nos convoque para escuchar la respuesta del Estado. Esperamos la convocatoria de la CIDH para analizar si es posible trabajar en una solución amistosa o debemos continuar hasta la condena del Estado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

APU: En agosto todavía la Corte Suprema de Justicia debía resolver qué posibilidades se iban a investigar y qué juez se iba a hacer cargo. ¿Qué sucedió desde entonces?

VH: La Corte Suprema de Justicia continúa sin resolver si finalmente se iniciará una investigación independiente, imparcial, exhaustiva y efectiva, como lo recomienda el GIEEI, que incluya la desaparición forzada de Santiago. Si bien ratificó al Dr. Lleral como juez de la causa, se interpuso un nuevo recurso contra esa decisión que aún no está resuelto. Si finalmente decide que sea él, será la prueba de que el Estado no iniciará tal investigación y que es imposible una solución amistosa.

Los 5 puntos relevantes del Informe del GIEEI en el Caso Maldonado, según Heredia:

1) Santiago era un defensor de los derechos humanos según el derecho internacional de los derechos humanos; el 1 de agosto de 2017 defendía los derechos vulnerados de la comunidad mapuche Pu Lof; Argentina carece de un protocolo para la protección de defensores y defensoras de los derechos humanos. Recomienda al Estado que: a) desarrolle normas y protocolos adecuados que garanticen la atención, prevención y garantía de defensoras y defensores de derechos humanos, b) reconozca los derechos sobre la tierra de los pueblos indígenas;

2) No se buscó a Santiago en las primeras 72 horas de la denuncia de su desaparición conforme los estándares internacionales; el primer rastrillaje y búsqueda fue el 5 de agosto; no existe explicación de por qué no se encontró el cuerpo de Santiago en los anteriores rastrillajes; no se hizo la reconstrucción de los hechos. Recomienda al Estado que desarrolle una investigación con independencia, imparcialidad, exhaustividad y efectividad en las que se incluyan todas las hipótesis incluida la desaparición forzada en relación a la desaparición y muerte de Santiago;

3) El informe de la junta de peritos indica la existencia de un ADN masculino desconocido sin que se haya profundizado en este dato; la ausencia de información sobre lesiones en el cadáver no puede interpretarse como inexistencia de hechos de violencia alrededor de la muerte; el establecimiento de la causa de muerte -asfixia por sumersión, coadyuvado por hipotermia- sólo da cuenta parcial de lo acaecido con Santiago. Recomienda al Estado: a) aclarar las dudas técnicas sobre las pericias realizadas; b) revisar y ampliar el informe de la junta de peritos a fin de determinar el lugar, fecha, causa y modo de muerte de Santiago;

4) Argentina carece de legislación adecuada para prevenir, reconocer, registrar, investigar, sancionar y reparar las desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales posteriores a 1983. Recomienda al Estado el dictado de tales normas;

5) El análisis de medios y de redes en torno al caso de Santiago, evidencia un interés e injerencia por diluir responsabilidades del Estado; a través de la estigmatización y desvalorización de Santiago se buscó diluir la hipótesis de intervención del Estado en su desaparición; el manejo de los datos buscó siempre fortalecer “el accidente”; la información tuvo como fuente principal la oficial desplazando a otras fuentes como víctimas, testigos, organizaciones sociales y de derechos humanos, academia, datos generados de manera propia. Recomienda al Estado investigar las injerencias indebidas en el direccionamiento de las investigaciones y en la comunicación de sus resultados, y en la creación de ambientes de estigmatización que repercuten en la opinión pública y en las redes sociales.