Contaminación del Río Jáchal: un fallo que favorece a la Barrick Gold

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Contaminación del Río Jáchal: un fallo que favorece a la Barrick Gold

30 Noviembre 2017

El 28 de Noviembre de este año el juez federal Sebastián Casanello procesó a Ricardo Villalba, Investigador Superior de CONICET, ex Director del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) y del Inventario Nacional de Glaciares, acusado por el delito de abuso de autoridad en la causa Nro. 16156/16. Los abogados de la Asamblea “Jáchal no se toca” de la Ciudad de Jáchal, San Juan, cuestionaron la metodología con la que se hizo el inventario por entender que favoreció a la empresa minera Barrick Gold.
 
Las técnicas para elaborar inventarios de glaciares han sido estipuladas por organismos científicos internacionales dedicados al mapeo y monitoreo de cuerpos de hielo. Uno de los requerimientos básicos de las metodologías de inventario de glaciares con imágenes satelitales responde a cuestiones prácticas y operativas y consiste en establecer un área mínima de mapeo. En el caso del ING, este límite mínimo fue fijado en una hectárea siguiendo estos estándares científicos internacionales. Dada la enorme extensión a inventariar en el país, a las características específicas de las imágenes satelitales que se utilizan para realizar inventarios de esta envergadura, y a la importancia relativa que tienen los distintos cuerpos de hielo como reservas hídricas en la Cordillera, este área mínima aseguraba que prácticamente la totalidad de las reservas de agua en estado sólido del país sean incluidos dentro del inventario.
 
El razonamiento del proceso judicial supone que al excluir los cuerpos de hielo de menos de una hectárea de superficie, se permitió que la minera siguiera funcionando al momento del derrame de agua cianurada. En su fallo, el juez Casanello dio lugar a la demanda y puso en tela de juicio la actuación de funcionarios y del Dr. Villalba, por ser quien dirigía el organismo encargado de concretar el Inventario Nacional de Glaciares. Sin embargo, ningún directivo de la empresa Barrick, responsable directo del derrame de agua cianurada, ha sido procesado en la causa judicial.
 
En relación a lo anterior, es importante hacer una distinción entre la Ley y el Inventario: la primera protege todos los cuerpos de hielo; mientras que el Inventario es una herramienta de la Ley, dinámico y sujeto a actualizaciones como cualquier inventario de recursos naturales. Si bien el ING incluye a todos los cuerpos de hielo mayores de una hectárea, no significa que los de menos de una hectárea no estén protegidos, porque el espíritu de la Ley es proteger todos los  cuerpos de hielo, independientemente de su tamaño. Además, la Ley establece que las actividades proyectadas en los glaciares y en el ambiente periglacial, deben estar sujetas a un procedimiento de evaluación de impacto y una evaluación ambiental estratégica que deberían incluir la identificación de todos los cuerpos de hielo potencialmente afectados. Asimismo, la Ley también establece la necesidad de garantizar instancias de participación ciudadana en forma previa a la autorización y ejecución de actividades que podrían afectar los cuerpos de hielo.
 
"Esta injusta acusación ha tenido además el efecto inmediato de desacreditar ante la sociedad el trabajo realizado por el IANIGLA, institución de CONICET abocada desde hace más de 40 años al estudio y conservación de los recursos naturales de nuestra Cordillera de los Andes", indicaron trabajadorxs del IANIGLA. "Esto se ha visto agravado por el hecho sin precedentes de procesar a su ex Director, el Dr. Ricardo Villalba, quien fuera uno de los principales actores en la promulgación de la citada Ley de glaciares, y quien ha tenido durante su prolífica carrera científica un compromiso permanente con la divulgación de la importancia de la Cordillera como reserva hídrica y como recurso natural de invaluable importancia científica y socio-económica", agregaron.
 
"En sucesivas ocasiones declaratorias, los miembros integrantes del ING han explicado al detalle las metodologías y justificaciones de cómo realizar un inventario, sin embargo el juez no ha tenido en cuenta el aporte técnico de los especialistas y ha seguido únicamente el razonamiento de los abogados demandantes", explicaron los especialistas.
 
Esta denuncia tiene un efecto muy negativo que es “el riesgo enorme de que un juez pueda dictaminar que el inventario no está bien hecho, desacreditando el enorme y excelente trabajo del equipo del ING”. Al presente más del 70% de las cuencas están inventariadas y publicadas y el inventario se concluirá para fin de 2017, como fue propuesto originalmente.  "Otra paradoja es que la causa original de debido a la denuncia de un probable hecho de contaminación, por parte de la minera radicada en la Provincia de San Juan, queden sobreseídos todos los posibles responsables por parte de la empresa minera, y funcionarios que tienen poder de policía ambiental, no así quienes realizan e impulsan el ING, cosa que poco tiene que ver con la posibilidad de derrames", finalizaron.