¿Qué hacer ante la desaparición de una persona?

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¿Qué hacer ante la desaparición de una persona?

13 Abril 2017

Por Julia Pascolini

La Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) del Ministerio Público Fiscal publicó en el 2014 un documento con recomendaciones para la búsqueda de personas. “¡No tenés que esperar 48 horas!”, se titula y fue realizado por la dependencia de la Procuración General de Nación a cargo de Marcelo Colombo y María Alejandra Mángano. 

El documento sintetiza una serie de pasos a seguir tras la denuncia por la desaparición de una persona. Además, describe cuáles debieran ser los canales de respuesta institucional por parte de agentes de fuerzas de seguridad tanto como de operadores judiciales. Entre las diversas recomendaciones, el texto destaca la urgencia con que debe realizarse la denuncia. No es necesario esperar 48 horas. Las acciones que se realicen en un primer momento son fundamentales para la investigación. 

El fundador de Red Solidaria, Juan Carr, recomienda que en caso de desaparición de peronas se activen otros dos canales informales de búsqueda. En primer lugar la conformación de una red dentro del ámbito cotidiano de la víctima. Cualquiera de los espacios que la persona frecuentara con mayor continuidad sirve. La segunda modalidad de búsqueda informal es el uso de las redes sociales (Twitter, Facebook, Instagram, u otros). Dichos medios funcionan como difusores de información en forma rápida y masiva, por eso cualquiera de ellas puede facilitar la búsqueda de la persona desaparecida. 

¿Qué información es importante aportar?

Descripción física de la persona desaparecida (aspecto, edad, ropa que vestía), la fecha y la hora en que se la vio por última vez. De ser posible presentar una foto actualizada de la víctima e informar acerca de sus vínculos cercanos, la rutina diaria, si posee tarjetas de crédito o de transporte y todo dato que pueda aportar al posible registro de sus movimientos.  

¿Qué hacer cuando desaparece una persona?

1.  Hacer la denuncia de forma inmediata. No es necesario esperar 48 horas ya que no existe ninguna ley que contemple un tiempo mínimo de espera. La misma se puede realizar en la comisaría más cercana, en la fiscalía y en el juzgado. También puede hacerse telefónicamente llamando al 145 (Línea gratuita 24 horas) o al 0-800-555-5065, línea del Ministerio de Seguridad de la Nación. 

2. Es fundamental pedir que la denuncia sea caratulada como MEDIDA DE PROTECCIÓN. No como fuga de hogar, ni averiguación de paradero. 

3. Solicitar que carguen la denuncia al SIFCOP (Sistema Federal de Comunicaciones Federales) para que se activen las alertas en frontera. Se debe insistir en este requerimiento, y llamar al 0-800-555-5065 para corroborar que hayan cargado la alerta. Además, si la denuncia fue realizada en la policía, deben informarlo rápidamente al Poder Judicial y a la fiscalía de turno. 

4. No olvidar pedir copia de la denuncia, la identificación de quien la toma y los datos del organismo interviniente (juzgado o fiscalía). Es importante que ésta sea registrada como una denuncia y no una exposición civil.

5. En caso de que la Policía Federal o cualquier fuerza de seguridad no tome la denuncia, por la razón que sea, debe informarse al 0800-555-5065, número de Consultas y Denuncias del Ministerio de Seguridad de la Nación. 

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