Río Negro: Weretilneck cumplirá el mandato de Soria

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Río Negro: Weretilneck cumplirá el mandato de Soria

01 Enero 2012
 
El texto del inciso 2 de ese artículo señala que “en caso de fallecimiento, destitución, renuncia o inhabilidad definitiva del gobernador antes o después de su asunción lo reemplaza el vicegobernador hasta la finalización de su mandato”. 

Sólo se debería convocar a elecciones, en el lapso de 60 días, si murieran, fueran destituidos, renunciaran o estuvieran inhabilitados en forma simultánea el gobernador y el vice; siempre que esta contingencia se produjera cuando faltaren más de dos años para completar el mandato.